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Garantía RACE Eurekar

PÓLIZA IP-109

Por el presente documento le informamos de las coberturas incluidas en la póliza IP-109 suscrita, en calidad de Tomador/Asegurado, por RACE EUREKAR, S.L., con la entidad aseguradora UNIÓN DE AUTOMÓVILES CLUBS, S.A. de Seguros y Reaseguros (Sociedad Unipersonal) (UNACSA).

Este documento carece de todo valor contractual y se entrega únicamente a efectos informativos al propietario/usuario del vehículo reparado (Cliente) que, desde la entrega del mismo, conoce que RACE EUREKAR, S.L., tiene cubierta la pérdida pecuniaria originada por los compromisos adquiridos con sus clientes de acuerdo con lo indicado a continuación.

En el supuesto de que dentro de los 6 meses siguientes a la finalización de la garantía legal de la reparación realizada a un vehículo amparado en un Taller Reparador de la red RACE EUREKAR, S.L., el referido vehículo presente la misma avería, el Cliente deberá contactar con RACE EUREKAR, S.L., en el número de teléfono: 915949757, de 09:30 horas a 14:00 horas y de 15:00 horas a 18:30 horas en días laborables, o a través de la dirección de correo electrónico postventa_garantias@race.es donde le indicarán el procedimiento a seguir, salvo en caso de fuerza mayor demostrada.


CONDICIONES DEL COMPROMISO EXTENSIÓN DE GARANTÍA RACE EUREKAR

Por el Compromiso Extensión de Garantía adquirido con su cliente, RACE EUREKAR asumirá el perjuicio económico que le ocasione al cliente una segunda reparación de una avería en el vehículo amparado idéntica a la avería reparada en un primer momento bajo el amparo del servicio EUREKAR, incluyendo en ese perjuicio los gastos de mano de obra y repuestos y con los límites que se indican a continuación.

Quedan excluidas las piezas que específicamente así se indiquen en el presente documento, las no incluidas expresamente como incluidas, así como las averías cuyo origen se produzca en piezas o elementos no cubiertos aunque afecten a piezas objeto de la reparación defectuosa realizada previamente bajo el amparo del servicio EUREKAR.

Si la pieza objeto de la avería tuviera garantía del fabricante, prevalecerá – en primer lugar - la garantía que le otorga el fabricante. La reducción gradual del rendimiento debido a la antigüedad y kilometraje no se considerará avería a efectos de este compromiso.

RACE EUREKAR no asumirá los gastos adicionales que se puedan ocasionar como consecuencia de la avería, tales como los del transporte que la reparación exija, el desplazamiento de los operarios que hubieran de efectuarla cuando el vehículo averiado no pueda desplazarse, el valor de la mano de obra y material de cualquier clase, así como la imposición fiscal que grave esa nueva operación.

RACE EUREKAR no asumirá el coste de las piezas que el cliente pueda aportar para la reparación del vehículo, así como tampoco asumirá el coste de las piezas empleadas en la reparación las cuales no tengan garantía del proveedor.

LÍMITES DEL COMPROMISO

El límite máximo a asumir por RACE EUREKAR es el coste de la reparación con el límite del valor venal del vehículo amparado (*) o de 3.000.-€, el menor de estos dos importes.

CONDICIONES DEL SERVICIO

La aceptación de los importes de reparación del compromiso del concesionario se subordina a que se cumplan las siguientes condiciones:

- El vehículo debe haber sido utilizado conforme a las prescripciones indicadas en el Manual de Instrucciones del vehículo o en la Nota Informativa, en su caso, entregado conjuntamente con el mismo por el Tomador al Cliente, y cuyo contenido el cliente reconoce tener conocimiento.

- Todos los Servicios de mantenimiento programado indicados en el “Mantenimiento Programado” descrito en el “Manual para el Propietario” deben ser respetados y ejecutados de acuerdo con las cadencias de tiempo o kilómetros prescritas en dicho “Manual para el Propietario”.

- Las piezas sustituidas o reemplazadas bajo este compromiso pasarán a ser propiedad de RACE EUREKAR.


RIESGOS Y AVERÍAS QUE NO DEN LUGAR A UN PERJUICIO ECONÓMICO INDEMNIZABLE

Todas las averías que no tengan su origen en una reparación defectuosa previa realizada a través del Servicio Eurekar.
1. Las averías producidas por falta manifiesta de no haber realizado los mantenimientos de acuerdo a las prescripciones hechas por el fabricante para ese modelo de vehículo. El hecho de no tener realizados los mantenimientos o no poder acreditar que han sido realizados con las cadencias y de acuerdo con las normas dictadas por el fabricante, invalidarán las reclamaciones de averías que, en virtud de esta garantía, tengan como origen la falta de mantenimiento.
2. Averías como consecuencia de accidente, colisión, impactos de objetos, golpes exteriores, robo, tentativa de robo, incendio, explosión, huelga, motín, tumultos y cualquier daño catalogado como extraordinario por el Consorcio de Compensación de Seguros, la limpieza de interiores y exterior, actos de vandalismo, catástrofes naturales, averías provocadas por piezas no cubiertas por la Garantía que afecten a piezas cubiertas y las diagnosis necesarias para detectar la avería.
3. Las averías causadas por dolo, negligencia, mala utilización de vehículo (ejemplos: sobrecarga o competición, etc.), manipulación inadecuada del vehículo, (ejemplos: reducción brusca de una marcha alta a una baja o marcha atrás. Etc.)
4. Las consecuencias indirectas de una avería: pérdida de explotación, perjuicios consecuenciales, y toda indemnización derivada de ellas.
5. Cualquier responsabilidad civil que surja directa o indirectamente de la presente Garantía tras una avería.
6. Las averías, los gastos y las consecuencias derivadas de las averías cuyo origen se deba a defectos de serie y/o diseño defectuoso reconocidas por el fabricante del vehículo.
7. Los elementos, las piezas y las averías producidas por la transformación, modificación, cambio o alteración de esos elementos o piezas del vehículo, los cuales no cuenten con la homologación del fabricante; tampoco cubrirá la Garantía las consecuencias que estas operaciones puedan tener sobre piezas cubiertas y no cubiertas por la Garantía.
8. Los gastos de aparcamiento y de garaje.
9. Las operaciones periódicas de mantenimiento preventivo y correctivo, controles y reglajes con o sin cambio de piezas, especificadas en el Plan de Asistencia Técnica del vehículo prescritas por el fabricante, incluidos los controles específicos de carrocería. No respetar las instrucciones de tratamiento y cuidados prescritos por el fabricante en el libro de Mantenimiento invalidan la Garantía.
10. La sustitución, reparación o reglaje de piezas u órganos ocasionados por la erosión, corrosión, oxidación, herrumbre o incrustaciones.
11. Las averías en las que el vehículo haya sido desarmado, desmontado o reparado sin el previo conocimiento de RACE EUREKAR, que impidan las comprobaciones necesarias para poder constatar la causa de la avería.
12. Las averías como consecuencia de seguir circulando sin seguir las recomendaciones del fabricante cuando los indicadores de presión de aceite, temperatura o testigos avisadores en general del cuadro de mandos indiquen fallos en el funcionamiento de los sistemas.
13. Las averías de vehículos en los que el cuentakilómetros haya sido desconectado, alterado o intervenido, funcione mal o no funcione, esté defectuoso o no marque los kilómetros reales del vehículo sin que se le haya notificado a la Marca. La manipulación en el cuentakilómetros es motivo de la rescisión de la Garantía.
14. El hecho de utilizar cualquier tipo de carburante no conforme a las instrucciones del fabricante y ello produzca daños en otras piezas del vehículo.
15. El hecho de que un tercero sea responsable como proveedor de una pieza o de una intervención negligente (Ejemplos: pares de apriete inadecuados, montaje de piezas inadecuados o que no reúnen las características técnicas recomendadas por el fabricante). Asimismo, no estarán al amparo de la Garantía las reparaciones llevadas a cabo en Talleres no autorizados, ilegales o auto reparación.
16. Las averías en las que se demuestre una falsa declaración, omisión u ocultación de datos en lo referente al vehículo, cliente, vendedor, propietario en la venta del vehículo y las averías declaradas.
17. Los daños ocasionados al vehículo como consecuencia de sobrecalentamiento o de falta de aceite o agua Las reparaciones “in situ” realizadas por cualquier servicio de asistencia en carretea cuando éstas sean una reparación temporal y no permanente de la avería que pudiera dar lugar a un perjuicio económico indemnizable o cuando su coste sea superior al de la misma reparación realizada en el taller.
18. La reprogramación software y las actualizaciones del software.

DEFINICIONES:

A los efectos del compromiso se entiende por:
(*)VEHÍCULO AMPARADO: - Vehículo de hasta 15 años de antigüedad y menos de 250.000 kilómetros desde la fecha de primera matriculación, que haya sido objeto de una reparación o mantenimiento a través de la plataforma Eurekar que esté destinado a uso particular, tenga la consideración de turismo, derivado de turismo en versión comercial, industrial ligero hasta un peso máximo autorizado de 3,5 toneladas, mono-volumen, todo terreno y SUV cuya Ficha Técnica esté registrada con alguno de los códigos 1000, 1001, 1002 y 1033, 2400, 3000, 3100 (mixto adaptable), vehículo que esté matriculado en España, cuyo propietario tenga su residencia habitual en territorio español.
VEHÍCULOS NO AMPARADOS: – Los destinados a servicio público, al servicio de transporte de viajeros, mercancías o animales u otros fines comerciales como taxis, ambulancia, autoescuela, o cualquier otro tipo de servicio público u organismos oficiales; caravanas y remolques, aquellos cuyo peso exceda 3,5 toneladas.
Vehículos que participen en cualquier tipo de competición, rallies o carreras, Rent a Car, renting, matriculados con placas verdes, transformados que no hayan sido homologados conforme a las normas y especificaciones estándar establecidas por el fabricante. Vehículos con motor rotativo Alpine, AMG, Aston Martín, Bentley, Bugatti, Bristol, Caterham, Cosworth, Daimler, De Tomaso, Ferrari, GMC, Hummer, Jensen, Lamborghini, Lotus, Maserati, Maybach, Mclaren, Morgan, MVS, Porsche, Panthers, Rolls-Royce, Stag, Trikes, Triumph, TVR, Viper, réplicas de vehículos e importaciones no comercializadas en España e importaciones no comercializadas en España o de una serie de menos de 200 vehículos por año, combustión de hidrógeno y eléctricos.

INSTANCIAS DE RECLAMACIÓN

Para cualquier reclamación puede dirigirse al Departamento de Atención al Cliente del servicio RACE EUREKAR en el correo electrónico atencion_cliente@race.es.

PROTECCIÓN DE DATOS

Respecto de su relación con el Servicio RACE EUREKAR podrá ejercitar, conforme a lo establecido en la normativa vigente de protección de datos de carácter personal, los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento, portabilidad y oposición, dirigiéndose a info@eurekar.com previa acreditación personal. Asimismo, en caso de considerar vulnerado su derecho a la protección de datos personales, podrá dirigirse al Delegado de Protección de Datos de UNACSA (dpo@race.es) o podrá presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (www.aepd.es).
En el caso de que el Cliente haya sufrido algún siniestro y los datos hayan sido tratados por parte de UNIÓN DE AUTOMÓVILES CLUBS, S.A., DE SEGUROS Y REASEGUROS, Sociedad Unipersonal, podrá ejercitar sus derechos dirigiéndose al Departamento de contratación de UNACSA, sito en la calle de Isaac Newton 4, Parque Tecnológico de Madrid, 28760 Tres Cantos – Madrid, mediante correo postal, o a la dirección de correo electrónico info@eurekar.com, previa acreditación personal.
Confidencialidad. Las partes se obligan, mutua y recíprocamente, durante y con posterioridad a la vigencia de este Contrato, a tratar toda la información manejada, los resultados que se obtengan de la ejecución del Contrato, así como las informaciones que se faciliten mutuamente, de forma estrictamente confidencial, utilizándola única y exclusivamente para los fines que se expresan en este Contrato, todo ello sin perjuicio del cumplimiento de las obligaciones relativas a los datos de carácter personal establecidas en las disposiciones.